Ya sea en pequeñas, micro, medianas o grandes empresas, la contabilidad y el cumplimiento de los estándares legales son dos elementos esenciales del trabajo. Sin importar la industria o el modelo de negocios, la contabilidad de una empresa debe estar acorde con los mejores estándares legales para poder ser exitosa.
En Colombia, las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) fueron adoptadas en el 2009, aunque solamente se reguló su implementación en las PYMES hasta el 2014.
Así, llevamos ya 7 años de su implementación, y todavía muchos empresarios desconocen la importancia de las NIIF para las PYMES. Por eso, en este artículo te presentamos todo lo que necesitas saber sobre las NIIF, más algunos consejos para su implementación.
¿Qué son las NIIF?
Adoptadas en la Ley 1314 del 13 de julio de 2009, pero implementadas desde el 2013-2014 con los decretos 3022 del 2013 y 2267 del 2014, las NIIF llevan ya 7 años de obligatoriedad para las PYMES en Colombia. Aunque en otros países como Panamá y Honduras llevan ya muchos años más de implementación (2005 y 2004 respectivamente).
Las NIIF o Normas Internacionales de Información Financiera son estándares globales de contabilidad emitidos por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB, por sus siglas en inglés). Estas normas están diseñadas con la idea de estandarizar y unificar criterios para la presentación de la Información Financiera de las empresas del mundo, facilitando los negocios internacionales y la comunicación entre las mismas.
Antes de las normas NIIF, la contabilidad para las empresas internacionales o que trabajaban con entidades de otros países era difícil y costosa. Para poder realizar negocios o inversiones internacionales, las empresas debían incurrir en gastos para adaptar las cuentas contables hechas en un país a las propias (o viceversa).
Ahora, con la aplicación de las NIIF en las PYMES de diferentes países del mundo, las empresas pueden estar tranquilas de trabajar bajo los mismos estándares de presentación de la información financiera, lo que les permite actuar con mayor seguridad y menores trabas en el entorno internacional.
¿Quién regula las NIIF?
Las Normas Internacionales de Información Financiera fueron expedidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB). Su historia viene desde intentos anteriores de unificar la contabilidad en el mundo (aunque en los primeros momentos se restringía a la Unión Europea) como la creación de Normas Internacionales de Auditoría (NIA) o las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC).
A pesar de ser un estándar internacional, las NIIF en realidad no son de obligatorio cumplimiento a nivel global. Por lo tanto, dependen de la regulación interna de los países para ser aplicadas y reguladas. Por ejemplo, en Colombia, a pesar de que la obligación de utilizar las NIIF se diese desde el 2013, en realidad el decreto 2267 del 2014 aclaró los requisitos que deben tener las empresas para poder implementar las NIIF en su información financiera. Así, cada país evalúa la conveniencia de la regulación e implementación de estas normas.
Por eso, el máximo regulador de la aplicación e implementación correcta de las NIIF en las PYMES en Colombia es el Ministerio de Hacienda (tal y como en otros países) y la Superintendencia de Sociedades, pues son los órganos públicos encargados de crear normativas adicionales, de ser necesario, y reglamentar la estructura, vigencia y obligatoriedad de su uso.
¿Quiénes deben implementar las NIIF?
Toda micro, pequeña o mediana empresa que está obligada a preparar y presentar información financiera y contable según la ley del 2014 debe hacerlo conforme a las directrices de la ley (y las NIIF).
En la Ley 1314 de 2009 se establece una clasificación de 3 grupos de empresas de los cuales saldrá la obligatoriedad de la adopción de las Normas NIIF. Estos 3 grupos son:
Grupo 1. Empresas inscritas en mercados públicos de valores y las entidades de interés público con activos de más de 30.000 SMMLV o con más de 200 trabajadores.
Grupo 2. Empresas con entre 11 y 200 trabajadores o un patrimonio entre 500 a 30.000 SMMLV. Normalmente PYMES no inscritas en la Bolsa de Valores.
Grupo 3. Organizaciones sin ánimo de lucro o religiosas o empresas con patrimonio menor a 500 SMMLV y 10 empleados o menos.
En este sentido, las NIIF son de obligatoria aplicación para todos los grupos so pena de ser sancionados por los entes de vigilancia y control que le correspondan en el caso contrario.